La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aclara ante los casos de público conocimiento en los que los empleados sufrieron un descuento mayor del impuesto a las ganancias al 35%, que es la alícuota máxima del impuesto, que el empleado debe informar todo el ejercicio las deducciones y la renta percibida de otros empleos hasta el 31 de marzo de cada año.
Además, el empleador no podrá en el año descontar más del 35% del salario como retención de Ganancias, pero puede superar dicho límite en la liquidación anual que se produce con el sueldo de abril, salvo que el empleado manifieste por escrito su decisión de que se respete ese límite.
La retención puede llegar al total del salario en tres casos:
1-Si el empleado informa recién en marzo los salarios que pagan otros empleadores;
2-si el empleado modifica una o más deducciones informadas, disminuyendo su valor o eliminándolas;
3-si el empleado no les manifiesta a sus empleados la decisión de que no le retengan más del 35% en abril.
En dichas circunstancias, el empleador solo tiene una oportunidad de retener el impuesto y, de ese modo, evitar que el empleado adeude impuestos y tenga que ingresarlos por su cuenta.
En general, los empleadores dan aviso a sus empleados de estas obligaciones, de modo de evitar los inconvenientes difundidos en los últimos días.